Los Primeros Integrantes

Los Primeros Integrantes

domingo, 11 de noviembre de 2007

el estatuto

ESTATUTO "LA CAUSA"

OBJETO DEL ACTO
Definir a la LA CAUSA como una organización sin fines de lucro, mas sí de lujuria, creada con la finalidad de facilitar la asistencia de sus integrantes a ceremonias de desnudismo aprobados por la Dirección Nacional de Sanidad. Asimismo, la CAUSA está concebida para organizar eventos sociales y deportivos de diversa índole con la finalidad de proporcionar entretenimiento a sus integrantes y sus compañeras.

DE LAS COMPAÑERAS:
Las compañeras de los miembros de LA CAUSA no serán de naturaleza vitalicia, y será a juicio del asociado su integración o desintegración de "LA CAUSA".
No pueden haber más de dos compañeras por miembro porque LA CAUSA no fomenta la poligamia.
Las obligaciones de LAS COMPAÑERAS serán aquellas que con discrecionalidad indiscriminada decida el miembro propietario.

DE LAS JERARQUÍAS INTERNAS
No existen jerarquías internas en la causa más allá del poder de la ASAMBLEA GENERAL, la cual se establecería con el QUORUM adecuado en virtud de lo siguiente.
-La mitad más 1 de los miembros en caso de incorporación de miembros nuevos
-Por lo menos dos de los miembros, para organizar juergas y eventos sociales
-La mitad más uno de los miembros para su disolución o modificación del estatuto
-Por lo menos dos de los membros para REPRESENTAR a la causa en eventos diversos.

DE LAS NORMAS QUE LIMITAN LAS ACTIVIDADES DE LOS MIEMBROS
No existen normas que limiten las actividades de los miembros, salvo que éstas actuen en desmedro del bienestar de algun otro de los miembros.

DE LOS TIPOS DE MIEMBROS
Son miembros VITALICIOS, los miembros fundadores reconocidos como, JORGE HERMENEGILDO HUGAZ DE GONZALES DEL RIEGO; JORGE BOHL DE BOYCO; ALONSO DE GARCIA-RADA BEDOYA, y MAURICIO TEODOCIO SCERPELLA DE LA LUNA
Son miembros incorporados, los miembros que por circunstancias sociales, fueron admitidos luego de la fundación.
No existen jerarquías entre los tipos de miembro, salvo aquellas que por motivos genéticos, nos hicieron a unos más churros que otros.

DE LA INCORPORACIÓN DE NUEVOS MIEMBROS
Pueden incorporarse nuevos miembros a voluntad de los actuales en ASAMBLEA GENERAL, siempre y cuando se alcance el QUORUM adecuado.

DE LA JURISPRUDENCIA
LA CAUSA admitirá cualquier ADENDA al estatuto o a su reglamento, siempre que este sea aprobado por quorum equivalente al de modificación de los estatutos y siempre que incorpore factores de divertimento en pro del OBJETO SOCIAL de la SOCIEDAD.
Cualqueir posición en contrario será tomada como definitiva siempre que cuente con la voluntad de por lo menos dos de los miembros.

DE LAS CUENTAS
Los miembros de LA CAUSA son responsable por el bolsillo de sus COASOCIADOS, motivo por el cual deberán actuar con la debida diligencia cuando se trate de presupuestos. Cualquier falta a la moral que agreda los derechos de los ASOCIADOS en este respecto, será sancionada, en primera oportunidad, con la organización de un evento por parte y por cuenta del agresor, y, en segunda oportunidad, con la expulsión de la sociedad.

DE LA FINANCIACIÓN DE ACTIVIDADES
LA CAUSA es una sociedad autosostenida con el presupuesto individual de cada miembro, los cuales pueden actuar de manera consolidada o individual en pro de los eventos relacionados con la CAUSA.
No existe un aporte voluntario u obligatorio al tesoro de LA CAUSA, más que los fondos que transitoriamente se orienten a la organización de eventos de divertimento.
Por su caracter de NO INSCRITA en los registros públicos, LA CAUSA no incurrirá en gastos administrativos ni de organización.

DE LOS REGLAMENTOS O ADENDAS AL ESTATUTO
El MANUAL DEL PENDEJO y otros documentos de similares características son de caracter adicional al estatuto, siempre que fomenten las libertades de los asociados.
Para el retiro de una adenda o reglamento, se deberá contar con el mismo quorum proporcional que realizó la incorporación

DE LA BEBIDA
Los miembros de la causa son RESPONSABLES de la salud etílica de sus COASOCIADOS, motivo por el cual, deberán actuar DILIGENTEMENTE en virtud de su seguridad pudiendo ejercer acciones como:
-adjudicacion de las llaves del vehiculo
-extracción de la tarjeta de crédito para limitar el gasto en bebidas
-protección de la enamorada o compañera de turno en caso de incapacidad o complementariedad en eventos de violencia

DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Queda pendiente la incorporación formal del MIEMBRO RENZO CAPANI DE INFANTE, la cual, en acto informal tuvo lugar el lunes 8 de los corrientes.

INSCRIBASE, RECONOZCASE y PUBLIQUESE

1 comentario:

La Causa dijo...

QUe viva la Cusa!
que viva el estatuto!!